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Moratoria AFIP: requisitos, planes de pago y quiénes puede acceder

La normativa establece que podrán regularizarse en el nuevo régimen las obligaciones impositivas, aduaneras y de los recursos de la seguridad social. Todo lo qu...

Por Redacción

Martes, 16 de julio de 2024 a las 19:56

Las Medidas Fiscales Paliativas y Relevantes quedaron establecidas, entre ellas una nueva moratoria como al blanqueo, los cambios en Bienes Personales y la creación del Régimen Especial del Ingreso del Impuesto sobre los Bienes Personales (Reibp) para el pago anticipado de este último gravamen, luego de la propuesta de proyecto que impulsó el gobierno nacional.

Después de la oficialización del Ejecutivo con la firma de Javier Milei, Afip avanza oficialmente con la denominada Régimen de Regularización Excepcional de Obligaciones Tributarias, Aduaneras y de la Seguridad Social. Es decir, planes de pago para que monotributistas y pequeñas empresas regularicen obligaciones en hasta 84 cuotas con una condonación del 100% de las multas.

A través de la Resolución General 5525/2024 firmada por Florencia Misrahi, titular de Afip, el programa propuesto en el paquete fiscal incluye la apertura de planes de pagos de hasta 84 cuotas para obligaciones pendientes y la condonación de multas en hasta un 100%. El objetivo de este nuevo régimen es el de "lograr el pago voluntario de las obligaciones cuya aplicación, percepción y fiscalización se encuentran a cargo de la Afip". Se suspenderán todas las "acciones penales tributarias, aduaneras y de seguridad social en curso", mientras que también se interrumpirá la prescripción penal para las obligaciones incluidas.

Se podrán regularizar deudas de estos tres rubros vencidas al 31 de marzo del 2024 inclusive. Además, también se incluirán "las multas y demás sanciones firmes originadas en infracciones cometidas hasta dicha fecha, relacionadas o no con esas obligaciones, así como los intereses resarcitorios y/o punitorios". En cuanto al acceso a un plan de pagos, disponibles en hasta 84 cuotas para monotributistas y PyMEs, se podrán solicitar "desde la fecha de entrada en vigencia de la reglamentación y hasta transcurridos 150 días corridos desde dicha fecha, inclusive". El régimen entrará en vigencia este miércoles 17 de julio, la posibilidad de ingresar a este se extenderá hasta mediados de diciembre.

Según detalló Afip, se podrán incluir en el plan de regularización "obligaciones en discusión administrativa o contencioso administrativa, causas en trámite judicial, y también aquellas prescriptas". A su vez, también se podrá aplicar por deudas derivadas del Impuesto sobre las Grandes Fortunas y las obligaciones de agentes de retención y percepción sin cubrir.

El régimen ofrece dos tipos de planes de pago: de corto plazo, que incluye entre una y tres cuotas, y de largo plazo, de hasta 84 cuotas y destinados específicamente a monotributistas, entidades sin fines de lucro y micro y pequeñas empresas. Los planes de hasta tres cuotas mensuales tienen el beneficio de una mayor condonación de intereses, desde un máximo del 70% hasta un 50%, según el momento en que se soliciten. Por su parte, la tasa de interés de financiación de estos será definida "en función del carácter del contribuyente", marca Afip. La cantidad máxima de cuotas, la tasa de financiamientos y el porcentaje de pago a cuenta de los planes de pago a más largo plazo "se encontrarán definidos según la tipificación del contribuyente al momento del acogimiento al régimen".

La condonación de los intereses resarcitorios o punitorios de deuda, por su parte, se aplicarán entre un 20% y un 70% del total, dependiendo del momento de adhesión al régimen y si se accede a un plan de pago corto o de mayor plazo.