Se estima que con esta nueva forma se alcanzarán hasta las 200 consultas diarias en los próximos meses.
Por otro lado, el Consulado de España en Buenos Aires, aumentó los cupos para tramitar la ciudadanía española. El turno podrá obtenerse a través de la página web oficial.
A través de la Ley de Nietos, España permite que descendientes de españoles puedan tramitar la ciudadanía de forma directa, facilitando las vías para obtener el pasaporte europeo.
La cancillería española cuenta con 5 sedes en Argentina, ubicadas en: Córdoba, Bahía Blanca, Buenos Aires, Rosario y Mendoza. ´Para comenzar con el trámite de la ciudadanía se debe abonar 15 mil pesos argentinos, no reembolsables. Para poder acceder a un turno, se debe ingresar a la página www.cgeonline.com.ar.
De qué se trata la Ley de Nietos:
La Ley de Memoria Democrática de España, comúnmente conocida como “Ley de Nietos”, comenzó a estar vigente en octubre pasado, la misma, permite que descendientes de españoles puedan tramitar la ciudadanía de forma directa, facilitando las vías para obtener el pasaporte europeo.
Aunque son varios los requisitos que los aspirantes argentinos deberán cumplir y presentar para ser beneficiados con la ciudadanía y pasaporte europeo.
Este tipo de legislación beneficia a más de 250 mil descendientes españoles. Tanto que aquellos que quieran comenzar a gestionar la ciudadanía, podrán aplicar desde la Argentina, a través de una solicitud y los requisitos existentes.
¿A quiénes ampara?:
La nueva Ley de Nietos permite que los hijos y nietos de personas nacidas en España y exiliadas durante el franquismo adquieran la doble nacionalidad de forma directa, sin necesidad de vivir en el país por un lapso mínimo determinado. Siendo que antes sólo podían solicitarla los hijos de ciudadanos españoles.
Aunque también abarca a aquellas personas que hayan nacido fuera de España de madre española que haya perdido la nacionalidad por haberse casado con un extranjero antes del 29 de diciembre de 1978.
Lo mismo ocurre con las personas mayores de edad que sean hijos de padre o madre españoles a quienes se les haya reconocido la nacionalidad de origen en virtud del derecho de opción de la Ley 20/2022 (Ley de Memoria Democrática) o con la Disposición Adicional 7º de la Ley 52/2007 (Memoria Histórica)